21 / 02 / 2021

ASPECTOS GENERALES DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Las empresas, los emprendimientos o start-ups están cada día en una lucha constante por posicionarse como innovadores, y comercialmente la lucha se torna feroz con el desarrollo de las nuevas tecnologías, dando como resultado la priorización del conocimiento dentro de una organización. Tradicionalmente, las contiendas comerciales siempre se han caracterizado por sus estrategias de venta o mercadeo, tal es así que los empresarios cuidan mucho los activos fijos o bienes corpóreos que representan un valor para la institución. Ello es perfectamente entendible y lógico, sin embargo, los socios, propietarios o agentes de ventas de una compañía, que ofrecen productos o servicios, pueden no identificar bien el valor que el conocimiento genera dentro de su organización.

En ese sentido, el conocimiento es inmaterial y es por dicha condición que no suele identificarse y valorizarse con facilidad dentro de una institución o empresa, puesto que sus atributos, cualidades o beneficios son invisibles para personas o equipos no preparados para detectar y perseguir la evidencia y la tecnología; incluso en las auditorías ordinarias pueden incurrirse en sesgos propios del desconocimiento.

Dicho esto, es evidente que los sectores industriales del conocimiento se hayan fortalecido y hayan avasallado a los de las materias primas que históricamente han sido protagonistas. Con ello, las creaciones del ser humano hacen imperantes que se les reconozca a aquellos creadores, autores o inventores, así como  reglas que regulen su propiedad intelectual con la finalidad de generar incentivos para sí y para la sociedad. La propiedad intelectual básicamente nos revela qué creación es de quién y, en tal sentido, confiere ciertos derechos y obligaciones a los innovadores o creadores en un mercado determinado, haciendo que se vean incentivados a generar más creaciones debido a la seguridad jurídica de éstas.

Asimismo, la carencia de capacitación del personal o del equipo de trabajo ocasiona, muchas veces, la vulneración involuntaria de la propiedad intelectual de terceros o, incluso, la pérdida de la oportunidad de acceso al registro cuando se trata de propiedad industrial (marcas, patentes, diseños industriales, etc.). Frente a lo primero, nos referimos a las infracciones de los derechos de exclusiva que se cometen cuando -a sabiendas o no- se usa sin permiso algún elemento protegido por la propiedad intelectual. Cabe mencionar que la responsabilidad es objetiva cuando hablamos de estas infracciones, es decir, no importa si el infractor tuvo intención o voluntad de perjudicar al titular; ya que sólo basta la evidencia que se recabe respecto del ilícito. Por otro lado, en relación con lo segundo, son muchas las acciones o decisiones que se toman dentro de una empresa que, si no se evalúan de forma integral, pueden quebrantar la posibilidad de la protección del derecho, tal es el caso de las invenciones, cuya divulgación desprovista de asesoría legal por parte de un experto, puede boicotear la consecución de un privilegio de patente.

Como se desprende de lo anteriormente expuesto, es imprescindible formular reglas, directrices o normatividad interna en las empresas, mayormente conocidas como políticas de propiedad intelectual, las cuales deberían ser los insumos claves en cualquier tipo de emprendimiento, mediante el cual se designe al personal adecuado para el procesamiento de información, la detección de materia protegible o, incluso, liderar una auditoría especializada a fin de identificar aquellos activos que representen valor. El establecimiento de políticas resulta indispensable para la estrategia de protección, pero también para enfrentar a la competencia desleal o al potencial personal traidor que por tener acceso a información privilegiada afecte al diseño de estrategia legal y, por ende, a la organización.

Un equipo debidamente entrenado constituye un baluarte de superioridad frente a los competidores. Asimismo, los departamentos de investigación, desarrollo e innovación no deben ser órganos aislados e inconexos, sino parte de un esquema organizado y sináptico, toda vez que un equipo grande no necesariamente tiene mayor eficiencia que uno pequeño, ya que su productividad se robustece con la calidad y con la fijación de metas claras que permitan a todos los órganos interrelacionarse vertical y horizontalmente. Muchas veces una deficiente comunicación produce los efectos adversos mencionados en los párrafos anteriores y el daño leve, grave y muy grave ralentiza los objetivos del proyecto.

Otro aspecto por mencionar es en relación con “el lanzamiento de un producto”, que es, por lo general, el momento cúspide para todo empresario, no obstante, el éxito del emprendimiento puede verse frustrado cuando las acciones conducentes a la protección de propiedad intelectual se realizan a posteriori, y toda la inversión en publicidad, marketing y distribución pueden desvanecerse ante el surgimiento de litigios con terceros competidores o ante la imposibilidad del acceso a registro de los intangibles. Y es en ese escenario donde se aprende –“a la mala”- sobre la importancia de la protección de la propiedad intelectual. Sólo para citar un ejemplo, en el sector de las invenciones que solucionan problemas y que pueden ser pasibles de protección vía patentes, la divulgación del invento -antes de la fecha de presentación de la solicitud- de forma abrupta o improvisada puede ser el talón de Aquiles para el registro de una patente y el hundimiento de toda una línea de investigación. Con ello resulta indispensable que en los proyectos de I+D se conciban a los contratos de confidencialidad como piezas medulares y que sus cláusulas contengan la suficiente fuerza para salvaguardar el proyecto y conminar a las partes a evitar la propalación de la información en contra de los intereses del equipo de trabajo.

Por otro lado, no olvidemos que la defensa de la propiedad intelectual en una empresa es tan importante como su protección, a tal punto de requerir el asesoramiento de equipos multidisciplinarios que hagan respetar los derechos adquiridos. También, hay que considerar que la defensa proviene del titular del derecho o de quien legítimamente se considere afectado, por lo tanto, la artillería debe estar preparada con anticipación a fin de accionarla cuando sea oportuno. Así como un establecimiento desprotegido puede ser sujeto de robo, un derecho de propiedad intelectual no defendido adecuadamente suscita -sin justificar- la infracción del mismo y, por consiguiente, eleva los costos operativos y produce un detrimento en las arcas del emprendimiento, así como el impacto en la reputación empresarial de cara al consumidor.

Desde otra perspectiva, debemos ser conscientes que la propiedad intelectual es un camino para seguir y no constituye per se una panacea para que el éxito de un emprendimiento se dé por sentado. Asumir ello generaría sesgos y costos altísimos en una organización porque se estarían omitiendo evaluaciones cruciales e incorporaciones en la estrategia de protección y defensa.

Finalmente, es importante concluir que la protección y la defensa de la propiedad intelectual debe llevarse a cabo con estrategia y prospectiva, de lo contrario, cualquier decisión improvisada puede frenar el avance en el posicionamiento de una empresa y minar la proyección frente a los clientes y aliados.

Categoría: Emprendimiento

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Alexander Trujillo Oré

Abogado socio de Carolina Ore Gomez & Asociados. Presidente y co-fundador de la Asociación Nacional de Inventores del Perú (ASONIP). Becario 2021 del programa Young Leaders of the Americas Initiative (YLAI) patrocinado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América. Miembro del Programa de Asistencia al Inventor (PAI) de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI) y del Comité de Patentes de la Asociación Interamericana de la Propiedad Intelectual (ASIPI).